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Pasos que hay que dar para la JUBILACIÓN PARCIAL:

-Solicitud a la Empresa

-Tener claro el porcentaje a aplicar (actualmente del 15%  -de trabajo- y el  85% de jubilación)

-Contrato de trabajo a tiempo parcial

-Contrato de relevo para el sustituto

-Rellenar la solicitud para la S.S.
-Certificado de Empresa de las cotizaciones
-Requisitos: estar en alta o similar (si estás de baja hospitalaria no puedes iniciar el proceso) y tener 30 años cotizados a los 60 años para poder cobrar el 100%

 

4-12-2007

LEY  de medidas en materia de Seguridad Social.

Julio 2006

Aprobada la reforma de la Seguridad Social

(31-10-2002)

Jubilación Parcial

(31-10-2002)

Jubilación Gradual

Normativa de jubilación

Real Decreto 1131/2002, de 31 de octubre, por el que se regula la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial, así como la jubilación parcial. (B.O.E. 27-11-02)